Ed. Impresa Ministerio de trabajo exigirá dos simulacros al año
Falta seguridad en 90% de gasolineras
Por Mariela Laura - La Prensa - 13/01/2012
RIESGOS. Un trabajador carga diésel a un vehículo - Mariela Laura La Prensa
Las estaciones que suministran combustibles no cuentan con equipos de protección.
El especialista en Seguridad Industrial del Ministerio de Trabajo, Antonio Quisbert, informó que el 90 por ciento de 43 estaciones de servicio inspeccionadas en 2011 en el país no cumplen las normas de seguridad establecidas en la Ley 16998 referidas a los aspectos de higiene, seguridad ocupacional y bienestar laboral.
“Es importante señalar que del 100 por ciento de gasolineras, un 90 por ciento no cumple las normas de seguridad”.
Las causas. El experto explicó que las estaciones de servicio no dotan a sus empleados de equipos de seguridad ni seguro social a pesar de que está expuestos a ruidos, incendios eventuales y explosiones de alto riesgo.
“En una gasolinera trabajan de cuatro a cinco personas, el nivel de riesgo es mayor porque están expuestos a vapores químicos y gas natural vehicular”.
Exhortó a las empresas, en beneficio de sus trabajadores, a ejecutar medidas preventivas y cumplir las leyes laborales.
“Todos los lugares de trabajo deben contar con abastecimiento de agua a presión, hidrantes y extintores, equipos identificados de acuerdo a instancias aprobadas por el Ministerio de Trabajo”.
Asimismo, resaltó que la exposición al combustible afecta al organismo, daño que se mide por los fenoles en la orina, que “pueden estar dentro del límite permisible, pero si no es así, hay que verificar si el empleado contrajo una enfermedad profesional y, según esos datos, se hará un estudio en cada una de las zonas”.
Las sanciones. Quisbert explicó que se da un plazo para corregir las anomalías y si en el límite establecido la compañía no cumpliera, será sancionada.
El promedio máximo es de 30 días, pero según el estudio que realizó el Ministerio de Trabajo, los plazos pueden variar entre 20 y 15 días para subsanar los aspectos de menor importancia.
“Después del plazo establecido, se hace una nueva inspección para verificar que la empresa solucionó la situación. En caso contrario, se procede a aplicar las sanciones correspondientes”.
Las OBLIGACIONES DE LA EMPRESA. De acuerdo con el número de trabajadores, el empleador deberá tomar medidas preventivas de medicina, seguridad e higiene para garantizar la seguridad de sus personeros.
También está obligado a dotar dos mudas de ropa de trabajo y tener instalaciones con iluminación natural y artificial, además del respectivo resguardo de la maquinaria en el área trabajo.
“Lo básico que debe hacer el empleador por su trabajador es darle un jaboncillo y su toalla”.
investigación de accidentes de trabajo. Para este año, la investigación de accidentes laborales será una de las estrategias de consolidación que permitirá controlar y evitar riesgos al personal y a los usuarios.
El especialista destacó que las indagaciones servirán para implementar medidas correctivas a fin de eliminar los accidentes. Éstas se desplegarán en tres etapas: recolección de datos, detección de causas y, por último, medidas pertinentes de solución.
“¿Qué sucedió? o ¿cómo ocurrió? son preguntas que nos permitirán proponer soluciones y decidir las medidas para garantizar la seguridad de los trabajadores”.
El Ministerio de Trabajo y las jefaturas de inspección harán operativos más exigentes.
La norma de higiene, seguridad ocupacional y bienestar laboral resalta el despliegue de simulacros. Los artículos 100 y 102 obligan a todas las empresas laborales de riesgo alto, medio y bajo a hacer dos simulacros anuales. Estas actividades comprenden la evacuación ordenada de las instalaciones en casos de incendio, además de la forma en que se debe controlar el fuego. El especialista Antonio Quisbert dijo que para esta gestión se exigirá con mayor insistencia a las compañías de alto riesgo presentar sus entrenamientos. “Son las más vulnerables, por ello la obligación será mayor ante las otras categorías”.
El artículo 92 de la ley de higiene, seguridad ocupacional y bienestar laboral establece que todos los lugares de trabajo deben contar con extintores, agua a presión, hidrantes, rociadores y otros instalados en la EMPRESA.
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